Recientemente y tras aprobación en la asamblea del sindicato, se constituyó el grupo de consumo de CNT Toledo, que funcionará de manera paralela a la actividad diaria de este sindicato. La asamblea del grupo ha aprobado los estatutos internos que regirán el grupo de consumo. Para contactar con el grupo de consumo, podeis hacerlo directamente a traves del correo del sindicato (toledo@cnt.es) y del facebook recien creado (
Grupo De Consumo Cnt Toledo)
ESTATUTOS
DEL GRUPO DE CONSUMO DE CNT TOLEDO
Definición.
Art. 1.- El Grupo de Consumo de CNT
Toledo es un colectivo de consumidores y productores vinculado, pero
independiente en su gestión, al Sindicato de Oficios Varios de
Toledo de la CNT, que busca la creación de una red alternativa de
consumo anticapitalista y consecuente con los ideales anarquistas.
Principios.
Art. 2.- Los principios del Grupo de
Consumo de CNT Toledo son:
a): La
libre asociación. Las personas o colectivos asociados al Grupo de
Consumo de CNT Toledo son completamente autónomas en el ejercicio de
su actividad y se vinculan entre sí a través de los acuerdos
libremente suscritos en asamblea.
b): El apoyo mutuo y la solidaridad. El Grupo de Consumo
de CNT Toledo busca ser algo más que una forma alternativa de
intercambio de bienes, y aspira a crear conciencia colectiva entre
sus afiliados.
c): Desechar el ánimo de lucro como fin de cualquier
actividad económica. Una vez satisfechas las necesidades de sus
afiliados de manera suficiente y digna se destinaran los excedentes a
nuevos proyectos en desarrollo.
d): Apostar por un modelo económico autogestionado,
sostenible, ecológico, y localista que ponga en alza la salud y las
relaciones libres entre personas.
e): Priorizar en el siguiente orden la selección de
proveedores:
Proyectos
autogestionados.
Cooperativas
sin asalariados.
Cooperativas
con asalariados.
Resto
de productores, primando el que tenga mejores condiciones
laborales.
Objetivos.
Art. 3.- Los principios del Grupo de
Consumo de CNT Toledo son:
a): Promover la autogestión y el
método asambleario como modelo de organización social.
b): Construir
estructuras de tipo económico, político y social que nos permitan
vivir al margen de las relaciones de producción capitalista.
c): Actuar como herramienta de concienciación sobre la
necesidad de cambios en las relaciones económicas mediante una labor
pedagógica de difusión de nuestra actividad y finalidad.
d): Servir como un medio de acumulación de fuerza para
condicionar el modelo de producción de las empresas capitalistas y
mejorar las condiciones laborales de sus trabajadores.
e): Promover la
difusión de formas alternativas de alimentación y de organización
de los recursos que se adapten a los hábitos de consumo que
defendemos.
f): Fomentar y apoyar la creación de nuevos grupos de
consumo.
g): Fomentar y apoyar la creación de nuevos proyectos
autogestionados.
h): Participar en la constitución de una red de libre
asociación de grupos de consumo.
Ámbito
territorial y funcional.
Art. 4.- El ámbito territorial del
Grupo de Consumo de CNT Toledo, por motivos logísticos y sin ser
cerrado, comprende la ciudad de Toledo y los pueblos de alrededor.
Art. 5.- El ámbito funcional del
Grupo de Consumo de CNT Toledo es el de todos los consumidores y
productores comprometidos con la necesidad de un cambio en el sistema
de organización social hacia un modelo libertario.
Domicilio.
Art. 6.- El Grupo de Consumo de CNT
Toledo establece su domicilio social en la ciudad de Toledo, c/ Río
Valdeyernos, nº 4, local del Sindicato de Oficios Varios de Toledo
de la CNT.
Afiliados.
Art. 7.- El Grupo de Consumo de CNT
Toledo dispondrá de un periodo de tiempo indeterminado de afiliación
cerrada para facilitar la puesta en marcha del mismo.
Art. 8.- Transcurrido el periodo de
afiliación cerrada, podrán afiliarse al Grupo de Consumo de CNT
Toledo todos los consumidores y productores que compartan sus
principios, objetivos y forma de funcionamiento.
Art. 9.- No podrán afiliarse al
Grupo de Consumo de CNT Toledo los empresarios con asalariados, los
representantes o afiliados de organizaciones patronales, las personas
con cargos de representación política ni los representantes o
cargos de sectas religiosas. Tampoco podrán afiliarse los miembros
de fuerzas armadas, de las fuerzas de seguridad del estado, de
cuerpos de policía privada ni los carceleros, y en definitiva, todas
aquellas personas que desempeñen prácticas de represivas o de
explotación.
Art. 10. La afiliación al Grupo de
Consumo de CNT Toledo se hará mediante una solicitud formal por
escrito al secretariado permanente y deberá ser aprobada por la
asamblea. En el caso de los productores, la solicitud tendrá que ir
acompañada de una explicación clara de los recursos que se está
dispuesto a aportar o colectivizar.
Art. 11.- Son derechos de los
afiliados del Grupo de Consumo de CNT Toledo:
a): Recibir información de todo lo
que afecte al funcionamiento del grupo de consumo.
b): Disponer del apoyo y la
solidaridad del resto de afiliados.
c): Participar en las asambleas del
grupo de consumo.
d): Elegir y ser elegido como miembro
del secretariado permanente.
e): Cualquier otro derecho que se
deduzca del articulado de estos estatutos.
Art. 12.- Son deberes de los
afiliados del Grupo de Consumo de CNT Toledo:
a): Respetar los acuerdos tomados por
la asamblea del grupo de consumo.
b): Prestar el apoyo y la solidaridad
necesarios al resto de afiliados.
c): Cumplir con los compromisos
adquiridos con el grupo de consumo, económicos o de cualquier tipo.
e): Cualquier otro deber que se
deduzca del articulado de estos estatutos.
Art. 13.- La afiliación al Grupo de
Consumo de CNT Toledo se perderá:
a): Por petición expresa de la
persona interesada.
b): Por decisión de la asamblea
del grupo de consumo.
c): Por el incumplimiento de los
estatutos y demás acuerdos del grupo de consumo.
Funcionamiento
y estructura.
Art. 14.- El único órgano de
decisión del Grupo de Consumo de CNT Toledo es la Asamblea del Grupo
de Consumo de CNT Toledo.
Art. 15.- La interpretación de los
artículos de estos estatutos corresponde a la Asamblea del Grupo de
Consumo de CNT Toledo.
Art. 16.- El Grupo de Consumo de CNT
Toledo se crea por tiempo indefinido y solo podrá ser disuelto por
acuerdo de la Asamblea del Grupo de Consumo de CNT Toledo.
Art. 17.- El Grupo de Consumo de CNT
Toledo dispondrá de un órgano de gestión, coordinación y
representación en forma de secretariado permanente integrado por:
Realizar
la convocatoria a las asambleas.
Llevar
un archivo con los estatutos, las actas y demás acuerdos tomados.
Gestionar
el medio de comunicación de la asamblea (Grupos de correo, blog
privado, encuestas online…).
Coordinar
las actividades de las demás secretarias.
Las
demás actividades relacionadas con el propósito de esta
secretaría.
Coordinar
a los consumidores.
Gestionar
el reparto de productos (Organización y cobro a consumidores).
Administrar
la herramienta de gestión de productos.
Las
demás actividades relacionadas con el propósito de esta
secretaría.
Buscar
productores.
Realizar
un archivo de acuerdos con productores.
Gestionar
las entregas por parte de los productores y el pago de estas
(Organización y pago a productores).
Las
demás actividades relacionadas con el propósito de esta
secretaría.
Administrar
el lugar donde se guarde el dinero del grupo de consumo (Caja de
caudales, cuenta bancaria…).
Estar
al tanto de que cuadren las cuentas.
Realizar
un informe de cuentas rutinario (Mensual, trimestral…).
Las
demás actividades relacionadas con el propósito de esta
secretaría.
Gestionar
el medio de difusión de las actividades del grupo de consumo (Blog,
Facebook…).
Organizar
actividades de concienciación y promoción de nuestras ideas.
Comunicarse
con otros grupos de consumo.
Coordinar
las actividades de apoyo a los proyectos autogestionados vinculados
al grupo de consumo.
Las
demás actividades relacionadas con el propósito de esta
secretaría.
Federación
con otros grupos de consumo.
Art. 18.- El Grupo de Consumo de CNT
Toledo podrá federarse libremente con otros colectivos que compartan
sus objetivos e ideales.